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La presente edición incluye
la Primera Resolución de Modificaciones a
la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012, dada a conocer en el Diario Oficial de
la Federación el pasado 15 de mayo, la cual entró en vigor el día siguiente al de su publicación, es decir, el 16 de mayo último, excepto en los casos que la misma resolución indica.
Mediante esta publicación se realizaron diversos cambios a la resolución, de los cuales a continuación se señalan algunos:
1. Se incluyen como días inhábiles para el SAT, el 5 y 6 de abril de 2012.
2. Se podrá dispensar a los contribuyentes de la obligación de garantizar el interés fiscal en el caso del pago diferido de contribuciones. Antes, la dispensa sólo aplicaba al pago en parcialidades. En este sentido, la dispensa de garantizar el interés fiscal se podrá autorizar, en el caso de pago diferido, cuando los contribuyentes cumplan al final del plazo con el monto a liquidar.
3. Se adiciona el capítulo II.2.8.8 a
la RMF para 2012, denominado “Presentación de declaraciones para el entero del IDE recaudado”, que incluye las reglas II.2.8.8.1, II.2.8.8.2 y II.2.8.8.3, que también se adicionan. Este capítulo entra en vigor el 1o. de junio de 2012.
4. Cuando el Servicio de declaraciones y pagos de la página de Internet del SAT se encuentre inhabilitado, o bien, cuando éste no se encuentre en condiciones para proveer el acuse de recibo electrónico que contiene la línea de captura del pago (fracción V de la regla II.2.8.8.1), el SAT emitirá la declaratoria de afectación general por contingencia cada día que dure la misma, indicando la fecha y hora de inicio, así como la fecha y hora de conclusión de dicha circunstancia, mediante avisos que se darán a conocer en la página de Internet del SAT. Esta disposición entra en vigor el 1o. de junio de 2012.
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